La lisi no deja espacio a la censura

La semana pasada aparecen sendas informaciones en El mundo y en la web de la Asociación de internautas que me sorprenden por que dan una visión equivocada de la lisi, aunque no se si a estas alturas me deberían sorprender ciertas estrategias.
Hemos mantenido dialogo con portavoces que hablaban en nombre de diversos colectivos, incluida la asociación de internautas, y hemos llegado a acuerdos. (Varias notas de la asociación de internautas se incluían en estos colectivos). Deberíamos saber si se siguen incluyendo en estos colectivos, y si los acuerdos en pro de avances,como el haber incluido la banda ancha, les incluyen .

Se realizan alguna afirmaciones demasiado alegremente como “Tan bravas son que permite que, tanto administraciones públicas como partidos políticos (incluso asociaciones con pocos escrúpulos) sean autoridades supuestamente competentes para determinar el cierre de páginas web cuando sus contenidos les molesten.”
Ni un partido político, ni una asociación privada, nisiquiera un órgano competente podrán restringir una web si afecta a derechos o libertad de información o expresión. La censura no tiene cabida ni caminos abiertos en esta ley.
En el nuevo redactado del artículo 8, acordado y votado por todos los grupos, incluye un nuevo párrafo en el punto 1 que limita tan sólo a una autoridad judicial la potestad para restringir contenidos en Internet
“En todos los casos en los que la Constitución y las leyes reguladoras de
Los respectivos derechos y libertades así lo prevean de forma excluyente, sólo
La autoridad judicial competente podrá adoptar las medidas previstas en este artículo, en tanto garante del derecho a la libertad de expresión, del derecho de producción y creación literaria, artística, científica y técnica, la libertad de cátedra y el derecho de información“.
Además creemos que hay órganos que están ya actuando y deben seguir actuando como el CAC, el propio ministerio de industria o administración de consumo.
Tampoco puede actuar cualquier órgano competente ni para cualquier cuestión. La ley enumera aquellos principios a proteger para los cuales se podrá actuar, al enumerar los limita y son 4:
a) La salvaguarda del orden público, la investigación penal, la seguridad
pública y la defensa nacional.
b) La protección de la salud pública o de las personas físicas o jurídicas
que tengan la condición de consumidores o usuarios, incluso cuando actúen como inversores.
c) El respeto a la dignidad de la persona y al principio de no discriminación por motivos de raza, sexo, religión, opinión, nacionalidad, discapacidad o cualquier otra circunstancia personal o social, y

d) La protección de la juventud y de la infancia.
Y no podrá actuar cualquier órgano administrativo, podrán actuar “Los órganos competentes para su protección”, aquellos órganos que estén destinados a la protección de uno de estos principios, y que sean competentes, por tanto que una ley le atribuya estas competencias.
El artículo de ELMUNDO dice basarse en un artículo de Carlos Sánchez Almeida, en la que hace referencia al redactado del artículo 11 y critica que recoja los términos “cuando ésta afecte a los derechos y libertades de expresión e información” y añade “como si toda Internet no fuese una publicación, en la que cualquier secuestro afecta siempre a la libertad de expresión”.
Aunque según esta interpretación de Almeida, nunca se podría restringir una web ya que “siempre” afecta a la libertad de expresión.
No comparto esta interpretación, toda internet no es una publicación. Internet es una red, donde hay web que alojan publicaciones y diversos contenidos digitales. No se puede equiparar a un conjunto de publicaciones (como si de publicaciones en papel de trataran revisas, periódicos, libros, artículos…).
En internet hay medios de comunicación, blogs, foros … pero también hay espacios de juego, chats, comercio electrónico, servicios personales, servicios de geolocalización y todas estas no se pueden equiparar a “publicaciones”. Un claro ejemplo son las tiendas on-line que se le tiene que poder aplicar la misma legislación que a una tienda física, y por tanto retirar la venta en caso de que se trate de un fraude o que pueda afectar a la salud. Otros como cuando son instrumentos para ejercer el terrorismo, la pedofilia o la xenofobia. Son ejemplos de que no siempre Internet se trata de libertad de expresión o información.
Eso tampoco justifica que se utilice para generar miedo y justificar un control de la internet, como algunas propuestas realizadas por el PP, exprese claramentre nuestra postura: Seguridad, sí; regulación, sí; control, no.
Estoy convencida de que hemos incorporado las demandas básicas planteadas por los colectivos, aquellos planteamientos que sirven para mejorar el reconocimiento de derechos y para caminar hacia la sociedad del conocimiento. Por tanto o hay quien no está leyendo los contenidos de la ley o tiene interés en este momento en explicar otra versión.

Entrades relacionades: LISI. Intervenció al Ple del Congrés, LISI aprobada en pleno. Derechos también en internet., La LISI aprobada en comisión. Unanimidad en banda ancha y restrinción de contenidos , Technorati tags: , , , , , , , , , , , Tags blogolaxia: ,,

Novembre 14, 2007. internet, política espanyola.

63 comentaris

  1. Víctor Domingo replied:

    LOurdes: esto no es cierto:

    Hemos mantenido dialogo con portavoces que hablaban en nombre de diversos colectivos, incluida la asociación de internautas,….con la Asociación de Internautas tu no has mantenido ningun dialogo…

    Y mira que es fácil hablar con nosotros.

    Víctor Domingo
    http://www.internautas.org

  2. Lourdes Muñoz Santamaría replied:

    El grupo socialista – como el resto de grupos parlamentarios- ha hablado con un portavoz que se ha dirigido a nosotros/as en nombre de todos los colectivos, por eso digo:
    “Hemos mantenido dialogo con portavoces que hablaban en nombre de diversos colectivos, incluida la asociación de internautas, y hemos llegado a acuerdos. (Varias notas de la asociación de internautas se incluían en estos colectivos). Deberíamos saber si se siguen incluyendo en estos colectivos, y si los acuerdos en pro de avances,como el haber incluido la banda ancha, les incluyen .”
    Deberiamos saber si seguis con el conjunto de colectivos, ya que en varias notas publicadas en la web se presentan el conjunto de enmiendas y el conjunto de entidades que les dan soporte, que os incluyen.
    Y algunas notas publicadas durante el proceso, en las que se priorizan una serie de cuestiones coinciden con las que nos trasmitian vuestros “supuestos” portavoces.
    Por eso debemos saber si estabais y si seguis estando o no en ese acuerdo y el conjunto de los colectivos.
    Por eso nos sorprende tanto vuestra nota tras el acuerdo, además de la interpretación que es errónea.

  3. Víctor Domingo replied:

    Lourdes; refresca tu memmoria.

    ¿Cómo dices si la Asociación de Internatas está o no está?. Deberías saber que la AI no está cuando ni siquiera has hablado con ninguno de sus miembros al respecto.

    La AI te ha hecho saber en este blog y desde su página web, que tus intervenciones y propuestas han sido muy desafortunadas. MIra

    30-09-2007 Sigue el culebrón de la LISI

    01-10-2007 Una enmienda en la LISI permitiría a la Administración cerrar páginas en Internet

    02-10-2007 LISI El acceso universal a la banda ancha cada vez más lejos.

    02-10-2007 SERVICIO UNIVERSAL PARA EL ACCESO A BANDA ANCHA
    La ley de Internet evita concretar el derecho a un acceso de banda

    04-10-2007 El PSOE rectifica y retirará los cambios previstos para radio y TV

    04-10-2007 La Inconclusa

    16-10-2007 Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información: informe de la ponencia

    17-10-2007 La LISI no AVANZA.

    18-10-2007 Jugándonos el futuro en el Parlamento

    05-11-2007 Aprobada en el Congreso la Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información

    05-11-2007 POLÉMICA – La LISI llega al Senado con la sombra de la censura administrativa en Internet

    05-11-2007 ¡Fascistas! La censura llega a Internet

    05-11-2007 Finalmente, habrá censura previa en Internet de la mano de la LISI

    Todos los enlaces a estos artículos están publicados en la página internautas.org, con sus enlace correspondientes. Incluidas las contestaciones a tus dos triunfalistas y confusas, notas de prensa:

    http://www.internautas.org/html/4569.html

  4. Anonymous replied:

    Victor, en vuestra propia web publicasteis la noticia el 11 de septiembre:IU avala las propuestas de mejora a la LISI por parte de organizaciones sociales y profesionales.

    El grupo parlamentario de Izquierda Unida – Iniciativa per Catalunya les Verds en el Congreso ha asumido como enmiendas a la Ley de medidas de Impuslo a la Sociedad de la Información las propuestas presentadas por las organizaciones sociales y profesionales de Internet y que tienen como propósito lograr una sociedad de la Información y el conocimiento libre y abierta, de todos y para todos.
    Internautas Televisión11-09-2007 – Internet es el mayor espacio de opinión e información de la historia y que constituye una forma de relación entre personas, instituciones y empresas que aporta una gran cantidad de ventajas pudiendo llegar a ser un mecanismo excepcionalmente eficaz para lograr la mejora del bienestar y la calidad de vida de todos los ciudadanos del planeta pero una mala orientación de las normas con las que trata de ser regulada no sólo puede retrasar este hecho sino que, incluso, pueden llegar a provocar graves desequilibrios, discriminaciones y perjuicios a todos.

    En aras de permitir la existencia de ciudadanos libres manifiesta que;

    * La Constitución Española protege de forma taxativa el derecho a expresarse libremente. Por tanto; sólo los jueces, en el ejercicio de sus potestades y con las medidas legalmente instituidas pueden secuestrar una publicación electrónica o impedir la difusión de un contenido en Internet. Cualquier ambigüedad en la letra de la ley que contravenga o desvirtúe esta máxima es el más grave atentado contra la Democracia.

    * El acceso a la cultura, a la ciencia y a la tecnología son también derechos garantizados a todos los ciudadanos y no pueden estar supeditados a intereses sectarios, gremiales, partidistas, personales o corporativos por lo que los autores deben poder defender individual o colectivamente (a su elección) todos sus derechos sin menoscabo del interés general, el paso a dominio público de las obras de forma anticipada debe ser fuertemente estimulado, el conocimiento generado por el sector público debe ser protegido como patrimonio del Estado que es y la docencia e investigación, cuando se realizan sin ánimo de lucro, deben prevalecer sobre cualquier otra consideración.

    * El disfrute pleno de Internet debe ser un servicio universal y por ello cualquier persona, institución o empresa debe poder compartir sus infraestructuras y servicios de TIC sin posibilidad de que haya cortapisas ni impedimentos por parte de terceros y sin que los proveedores de servicios puedan alterar, priorizar, penalizar o impedir las comunicaciones según su tipo sin el consentimiento expreso del usuario.

    Organizaciones sociales y profesionales que han presentado estas propuestas: Hispalinux, FFII, RITSI, Comfia-CCOO, COPYME, ATI, Asociación de Internautas, AI2, Linux.es, APEMIT, Inciativa Focus, Legalventure, Iglues, ESLIC, AGNIX, LiMa, LiCor, GCubo, Informáticos Penitenciarios, Fundación Ciencias de la Documentación, IEPALA, GALPon, GALITE, GPUL, OuSLi, EstándaresAbiertos.org, BandaAncha.st representando a 490.000 profesionales de las TI y CLI. Comisión para las Libertades e Informatica.

    http://www.internautas.org/html/4461.html

    En esa noticia, firmais esas reivindicaciones y, por tanto, estais representados por los interlocutores que ese conjunto de colectivos determinen.

  5. Víctor Domingo replied:

    No te lies, ni me lies.

    No es cierto que un conjunto de colectivos hayan determinado, ni acordado, ni consensuado, ni negociado el artículado actual de la Lisi en esta materia. No es cierto.

    El artículado final, tan confuso, como peligroso para las libertdades civiles, no solo de los internautas sino del conjunto de los ciudadanos, ha sido el resultado de sendas maniobras, vía trasaccionales, que Lourdes presentó y se encargo de cocinar , seguramente a instancias del Gobierno, para que el redactado quedara como ha quedado. Excusar la responsabilidad de lo realizado en los colectivos, es una mala excusa y un insulto a la inteligencia.

    La Constitución Española dice que lo deben hacer los jueces, la Ley de impulso de la sociedad de la información dice que lo hará “la autoridad competente”.

    De ese cambio de nuestra legislación es responsable Lourdes Muñoz…se que debe doler a una persona que se sienta democrata, haber triturado una garantia que concedía la Constitución al conjunto de los españoles, pero esa es la verdad y no la que a Lourdes le gustaria que fuera o la que ahora, para aliviarse nos quiera contar.

    Solo debes contestra aesta pregunta:

    ¿Por qué aún la Lisi dice “órgano competente” dónde supuestamente quiere decir “juez”?

    En este texto se explican algunas cosas al respecto:

    La Asociación de Internautas lleva mucho tiempo denunciando públicamente la oscura redacción de la futura LISI, lo confuso de sus términos e, indirectamente, de sus intenciones. Desde que empezaran a moverse entre diversos colectivos las propuestas de redacción para el precepto que prevé la restricción de contenidos en Internet, el texto ha ido evolucionando en número de párrafos y adornos, pero, sigue determinar cuál es el “órgano competente” para restringir contenidos en Internet, ni cuándo puede hacerlo.

    Así las cosas, el pasado día de difuntos (31 de Octubre), el Congreso aprobó el proyecto de Ley conteniendo la previsión de que la autoridad competente podrá ordenar la restricción de contenidos de páginas web, pero, “aclara” que “la autorización del secuestro de páginas de Internet o de su restricción CUANDO ÉSTA AFECTE a los derechos y libertades de expresión e información y demás amparados en los términos establecidos en el artículo 20 de la Constitución solo podrá ser decidida por los órganos jurisdiccionales competentes”. Pues bien, desde la Asociación de Internautas hemos pedido en innumerables ocasiones que la Ley explique con claridad las ambigüedades que contiene:

    1.Quién es ese misterioso “órgano competente”,

    2.en qué momento decide y,

    3.cuáles son los derechos y libertades constitucionales que están en juego en los contenidos web de cada caso concreto.

    Según la redacción aprobada por el Congreso no hay respuesta a ninguna de estas cuestiones, ni sabemos “quién” es por norma general competente, ni sabemos “cuándo” va a poder intervenir un juez (antes o después, sobre un contenido u otro).

    A pesar de que los grupos parlamentarios han “oído (no tanto “escuchado”) a los numerosos colectivos que exigen esta aclaración, entre ellos la Asociación de Internautas, nos encontramos con que se mantiene la potestad del misterioso “órgano competente”. Incluso, aún nos podemos encontrar con justificaciones como la que ofrece Lourdes Muñoz Santamaría (diputada del PSC) – responsable de cambiar algunos artículos de la Ley, para que la Ley quedara igual que al principio-, señala en su blog, que “toda Internet no es una publicación. Internet es una red, donde hay web que alojan publicaciones y diversos contenidos digitales No se puede equiparar a un conjunto de publicaciones (como si de publicaciones en papel de trataran revisas, periódicos, libros, artículos…)”, sin ver las evidentes diferencias entre la tradicional “publicación” de la Ley de la Imprenta y, el nuevo sistema de publicación de contenidos que significa Internet. Tampoco ve distinciones entre el “contenido” o la actividad económica que subyace a ello. Más adelante, pone como ejemplos de contenidos que no afectan a la libertad de expresión o información “Otros como cuando son instrumentos para ejercer el terrorismo, la pedofilia o la xenofobia”. Esto es cierto, pero precisamente porque estos supuestos son entre otras cosas, contenidos delictivos, es decir, que sólo un juez puede fiscalizarlos, al igual que sucede con los delitos contra la salud pública o los delitos de orden público (y demás extremos que supuestamente acota la Ley).

    También nos repite, respecto de un artículo publicado por la Asociación de Internautas, que, “Ni un partido político, ni una asociación privada, ni siquiera un órgano competente podrán restringir una web si afecta a derechos o libertad de información o expresión”, sin embargo, al igual que el texto de la LISI, no nos dice cuándo estaremos ante estos supuestos, ni quien o cómo lo va a decidir.

    En consecuencia, si no sabemos quién es la autoridad competente, no sabemos si nuestros contenidos afectan o no a la libertad de expresión, tampoco si son delictivos o, si el órgano que nos pide que retiremos los contenidos es competente para ello, ¿entonces cómo actuaremos? La única solución práctica (de aplicación a la realidad física) pasa inevitablemente por explicar a los proveedores de servicios de la sociedad de la información que, ante el más mínimo requerimiento, por extraño que parezca, no se nieguen a cancelar contenidos web pues, no hay forma humana de conocer efectivamente sin la intervención de un juez, si unos contenidos son delictivos o, si están protegidos por la Constitución. Por lo tanto, no queda otra que claudicar a la censura previa de aquel se “autonombre” competente, evitando a priori consecuencias más graves como las sanciones económicas y/o, largos y costosos procesos judiciales sobre las incógnitas de la ley.

  6. Anonymous replied:

    Yo creo Victor que lo que pasa es que te falta formación jurídica para entender esta ley. No te lo reprocho, pero antes de opinar deberias tener una opinión informada.

    La Ley establece en que casos puede intervenir una autoridad competende – precisamente de esos supuestos-
    Es la legislación vigente la que establece esas competencias. No es algo arbitrario ni que tenga que ver con que nadie se autoatribuya nada.

  7. Anonymous replied:

    Anonimo me dejas atonit@, a falta de argumentos. Pasas a la fase B:

    ..”Te falta formación juridica para entender esta ley”…

    Acabaramos, típica pedantería del “talantismo” imperante….

    !!Españoles-as, como no os gusta lo que hacemos por vosotros-as, es porque no estaís preparados- as para entenderlo!! Eso sí no os lo reprochamos….

    – Musica de fondo.

    Chunda, chunda, chunda, chunda, chunda, chunnnnda , cha…..

    Así hasta el final.

  8. Anonymous replied:

    Victor:

    el artículo 8 expresa claramente que ( literal )
    ” En todos los casos en los que la Constitución y las
    leyes reguladoras de los respectivos derechos y libertades
    así lo prevean de forma excluyente, sólo la autoridad
    judicial competente podrá adoptar las medidas
    previstas en este artículo, en tanto garante del derecho a
    la libertad de expresión, del derecho de producción y
    creación literaria, artística, científica y técnica, la libertad
    de cátedra y el derecho de información.”

    Lo que no entiendo es este cambio de actitud, amparado por medios como “El Mundo”.

    En todo el proceso de debate de la LISI Lourdes desde su blog lo ha estado narrando, enlazando, y manteniendo reuniones con organizaciones representativas de la eSociedad.

    No comparto para nada este tipo de planteamientos que expones, y más si tenemos en cuenta que una ausencia de regulación legal en materia de Sociedad de la Información generaría una laguna legal donde precisamente los monopolios tendrían carta blanca para poder hacer y deshacer, estando los/as ciudadanos/as desamparados ante arbitrariedades que podrían cometer, en un marco de “Libertad Total ” que por cierto defendía Adam Smith, entre otros padres del liberalismo político.

    Entonces Victor, si defiendes posiciones de liberalismo político, es normal que estés en contradicción con Lourdes. Pero en ningún caso la palabra CENSURA podría ser achacable a un país como el nuestro.

    No quiero pensar que formes parte de una estratégia política orquestada por el PP. Espero que no.

    Un saludo.
    Enrique Castro.

  9. Defunkid replied:

    lo que tu llamas “nuestra postura” es llevar muchos años, desde la era del felipismo, haciéndole el juego a la SGAE, palafrenera de las grandes empresas conversoras de la cultura en dinero empeñadas en recortar libertades básicas en beneficio propio, es decir, de particulares. especialmente con la anterior ministra de cultura. con este no se aprecia mejora.

    saludos

  10. idd00jea replied:

    Yo creo que algunos “anónimos” (ni siquiera se atreven a tener relaños suficientes para registrarse y expresar sus opiniones como verdaderos seguidores del blog) se EQUIVOCAN DE PLENO. Hay que atenerse a lo que a mí me parece que es la parte IMPORTANTE del tema, ….o sea:
    ¿Quién co… es el “misterioso órgano competente”?.
    Por muchas vueltas que le dais, NADIE ha sido capaz de MOJARSE el CU.. y definirlo claramente.

    En fin, seamos congruentes y no echemos los “caballos” a quienes no hacen más que pedir ACLARACIONES a los conceptos confusos, antes de que aparezcan los CONFLICTOS por algo que se podría legislar MEJOR y MÄS CLARO.

  11. poper replied:

    Crec que aquesta llei si el que es proposa veritablement, que ho dubto, és acabar amb l’ús fraudulent d’Internet, no cal que perdin el temps, ja que és impossible, un exemple, algú ha pogut acabar amb l’us fraudulent dels e-mails (spam), tot i els esforços i recursos emprats?

  12. Ingenieros replied:

    Y toda esta polémica sobre “órganos regulatorios misteriosos” ni siquiera menciona la falta de participación de los Ingenieros en Informática en la preservación de los derechos ciudadanos en la nueva sociedad digital.

    Esa es la verdadera discusión en la blogosfera española. Y SÍ que está contrastada su EXCLUSIÓN de la Ley tal como se mantiene redactada en estos momentos.

    Una realidad que se empeñan en no querer ver ni en el SIMO

  13. Anonymous replied:

    ” Órganos Regulatorios Misteriosos”.

    Vamos a ver…por poner un ejemplo. Imaginen a un sujeto que anda por la calle, coge una alcantarilla y la envía directamente a un escaparate de una tienda. La luna del escaparate se destroza, el individuo entra en el establecimiento, roba artículos del mismo.

    En la acera de enfrente hay un Policia de servicio.

    ¿ El Policia debería avisar a un juez para disponer de la oportuna autorización para detener al delincuente ?

    Pues eso es un órgano administrativo competente. Una Sociedad de gestión de derechos de autor no lo es.

    Enrique Castro.

  14. Anonymous replied:

    Pues NO ES LO MISMO caballero “anónimo” Enrique Castro.
    El policía no tiene que avisar al Juez, sinó sencillamente “trincar” al gamberro y llevarlo a la Comisaría, donde harán la denuncia correspondiente y la pasarán al Juzgado. Si la “gamberrada” es de la suficiente entidad, no soltarán al gamberro hasta que el Juzgado dictamine que puede quedar en libertad (con fianza, o sin fianza, y/o como acusado). Pero es el JUEZ quien decidirá en su día si verdaderamente es culpable o inocente.
    Pero lo que se pretende hacer con esta ley es que NO SEA NECESARIAMENTE un Juez quien determine la imputabilidad del “presunto”, y su condena final.
    ¿Bonito, NO?.

  15. idd00jea replied:

    ¡¡Juasss!! ¡Qué bien ha quedado explicada por el último anónimo la diferencia entre las funciones LEGALES de un policía como agente de la autoridad, y lo que se pretende crear con la “susodicha” Ley que pretende que existan “Seudo-Jueces” sin preparación jurídica para juzgar y condenar a un pobre Internauta.

  16. Anonymous replied:

    Perdonar… pues con esta ley es lo mismo. Si una web incumple la Ley, siempre será la Justicia ordinaria la que sancionará ( en función del delito o falta )

    Todo lo demás ( sobretodo por el comentario anterior ) es demagogia barata.

    Es que hay gente que además de poner el carro delante de los bueyes, opina sin tener ni idea de lo que está hablando. Otra cosa es la Asociación de Internautas, con lo que me parece más grave aún el asunto.

    Paradojas de Internet.

  17. Anonymous replied:

    “Pero lo que se pretende hacer con esta ley es que NO SEA NECESARIAMENTE un Juez quien determine la imputabilidad del “presunto”, y su condena final.”

    ¿ Y me podrías indicar en que artículo de la Ley se dice esto ?

    Enrique Castro

  18. Víctor Domingo replied:

    Enrique.

    Por favor no mates al mensajero y entra el fondo de la cuestión, mira el:

    Articulo 8.Restricciones a la prestación de servicios y procedimientos de cooperación intracomunitaria.

    En este redactado se abre el melón para el cierre administrativo sin autorización judicial en 4 genericos sin concretar

    1.Quién es ese misterioso “órgano competente”,

    2.en qué momento decide y,

    3.cuáles son los derechos y libertades constitucionales que están en juego en los contenidos web de cada caso concreto.

    y finaliza con una obviedad en el Artículo 11. redunda en una garantía que ya establece nuestra Constitución cuando díce que “la autorización del secuestro de páginas de Internet o de su restricción cuando ésta afecte a los derechos y libertades de expresión e información y demás amparados en los términos establecidos en el artículo 20 de la Constitución solo podrá ser decidida por los órganos jurisdiccionales competentes.”

    Así las cosas el artículo 8 genera incertidumbre y desde luego deja a criterio de cualquier organo administrativo,cualquiera, la posibilidad de cerrar páginas web.

    Enrique, te ruego, una refelexión política -no partidaria- al respecto.Se que es pedirte mucho ya que tu eres militante del Psoe, pero piensa por un momento que la crítica sociopolítica que realiza la Asociación de Internautas no es partidaria, nunca lo ha sido, cuando gobernaba el Pp, la acusaban de ser del Psoe, y a mí me encuadraban como miembro activo del “comando Rubalcaba”, y ahora sigue las estrategias del PP?¿.

    La Asociación de Internautas no ha cambiado, esta en el mismo sitio, en Internet y hoy defiende lo mismo que defendió antes: una Internet,acesible,asequible y universal . Lo que ha cambiado es el Gobierno, esa es la diferencia.

    Debes de saber que la Asociación de Internautas no permitió que la LSSI , no se introdujera la posibilidad de que la autoridad administrativa puediera cerrar páginas web sin autorización judicial y lo consiguió, aún así José Luis Rodriguez Zapatero dijo en el Congreso en el 2002 que.. “Nos aleja de Europa, señora Ministra, limita la libertad de expresión, atenta contra nuestra intimidad, incrementa la inseguridad en la red, obstaculiza el desarrollo de Internet en España, perjudica a casi todos, pero especialmente a las iniciativas más creativas y con menor poder adquisitivo”. La ley finalmente se aprobó sin los votos socialistas.

    Y ahora nos encontramos en la misma situación, no es el PP quien auspicia este artículado sino el Psoe.

    Estimado Enrique, insisto,la Asociación de Internautas está defendiendo lo mismo que defendió en el 2002. Lo unico que ha cambiado es el gobierno.

    Y te digo todo esto porque efectivamente la Asociación de Internautas, al intervenir efectivamente en la cosa publica, en asuntos relacionados con Internet, está haciendo política, hay quien piensa que hacemos mucha política y no les quito razón, pero la política que hace la Asociación es la propia de la sociedad civil organizada, hacemos política no partidista y esa independencía es la que nos hace fuertes.

    Pero no creo que sea el momento de hablar de la Asociación de Internautas,sino de la Lisi y de las consecuencias que una mala Lisi, puede acarrear si se restringen derechos civiles, o si se abre la puerta de la censura en Internet y las consecuencias que pueden suponer para el desarrollo de la Sociedad de la Información.

    Eso es lo que importa y por eso es por lo que la Asociación de Intrernautas ha tomado partido.

  19. Anonymous replied:

    ¡Ánimo Víctor Domingo y ánimo a la Asociación de Internautas! Tenemos que parar leyes represivas y anticonstitucionales como estas o terminaremos como en EEUU o en China. Larga vida a la libertad de expresión, al derecho a la intimidad, al derecho a la privacidad, a que ningún gobierno o empresa nos espíe y guarde todos los datos de nuestras actividades, larga vida a la libertad y ojalá el PSOE, IU y PP dejen de una p*ta vez de hacer caso a MAFIAS como la SGAE (que la ilegalizen ya!). Desde aquí pido que se legalize de nuevo la compartición de software privativo y disminuir el período de copyright a 20 años máxime.¡Ah, y muerte a las patentes de software!

  20. Anonymous replied:

    Victor:

    Estoy de acuerdo y reconozco el papel que jugó la Asociación de Internautas con la LSSI.

    También estoy de acuerdo ( tampoco es un misterio ) con tu observación que me haces en cuanto a mi condición de militante, repito, militante socialista. No me escondo, me gusta y como he dicho muchas veces, me siento muy cómodo personalmente. Ahora y desde 1991.

    Ahora bien, lo que el art. 8 dice es que los órganos administrativos competentes podrán clausurar una web o contenidos en la Red, siempre que atenten:
    “a) La salvaguarda del orden público, la investigación
    penal, la seguridad pública y la defensa nacional.
    b) La protección de la salud pública o de las personas
    físicas o jurídicas que tengan la condición de
    consumidores o usuarios, incluso cuando actúen como
    inversores.
    c) El respeto a la dignidad de la persona y al principio
    de no discriminación por motivos de raza, sexo,
    religión, opinión, nacionalidad, discapacidad o cualquier
    otra circunstancia personal o social, y
    d) La protección de la juventud y de la infancia.”

    Principios básicos para que el Estado pueda defender a la ciudadanía. ¡ Es básico… es el concepto de Estado de la Ilustración francesa ! ( me pongo en plan filosófico ) pero desde el punto de vista legal, es completamente legal. ¿ Cómo no va a poder el Estado, a través de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado ( que son en definitiva los ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS COMPETENTES ) en clausurar una web con contenidos pedófilos…por ejemplo? ¿ o de organizaciones terroristas ? ¿ dejamos que la Ley tenga antinomías ? ¿ o qué existan lagunas de carácter legal ?

    Yo creo que no.

    Pues legislar es preveer este tipo de situaciones.

    En cuanto a la SGAE. Mira… soy consciente de que esta Sociedad de Gestión no está adaptada al S. XXI, que defiende como un lobby sus intereses, se podrá estar de acuerdo o no, y yo respeto profundamente tanto la discrepancia como el acuerdo con ellos. Ahora bien, en mi opinión, si lo que realmente se quiere y existiera voluntad y actitud por parte de los/as internautas en fomentar una cultura mucho más abierta, y al tiempo, abandonar cierta visión de la Red como un “nicho de comunicación, donde se copian los contenidos de los demás”, fuéramos todos y todas un poquito más creativos, crear, difundir, contenidos genuinos, personales…seguro que estarás de acuerdo conmigo, que cuando un contenido realizado en la Red, desde la Red, no permitiríamos que fuese copiado en un medio de información generalísta ( TV zapping’s varios emitiendo videos del You Tube ) ¡ Mira lo que dijo Juan Varela en el 2006 en el ámbito de Evento Blog España !

    ” CRITICAMOS QUE LA RED NO SALE EN LA PRENSA Y LA TV… Y AHORA SE HACEN CON TUS CONTENIDOS “

    Para acabar, la prevalencia de la Ley existe, y por lo tanto los derechos de libertad de expresión, supresión de todo tipo de censura por parte del Estado, derecho a la intimidad, al honor, siempre son interpretados y sancionados por los Tribunales de Justicia, escuchando siempre las partes en litigio.

    Podremos estar de acuerdo o no con sus Sentencias. Pero eso no es óbice de que no tengamos que acatarlas.

    Y una última cuestión, no se puede legislar en contra de esa prevalencia en la legislación que anteriormente te cité. Sería inconstitucional.

    Hay un gran consenso entre las organizaciones en la eSociedad, como cita Lourdes en su post. Creo que la Asociación de Internautas tiene una gran oportunidad y al tiempo una gran responsabilidad de apoyar esta Ley.

    De lo contrario, con buena o mala fe ( yo creo en la primera suposición sinceramente ) se está haciendo el juego a una derecha política española que jamás ha creído en la Libertad de expresión ni de lejos en España. No es por casualidad la actitud de los editores y el webmaster de Libertad Digital, que se llenan la boca al hablar de la LISI como censura, y en realidad ellos son los que más censura han practicado, por que la han “mamado” de sus padres.

    Un abrazo Victor.

  21. Anonymous replied:

    perdón… el comentario anterior es mio, Enrique Castro.

  22. Ati replied:

    Hola Lourdes,

    Al menos, hay que agradecer que exista un canal de comunicación directa para poder resolver este tipo de dudas.

    Sin embargo, sobre la LISI, no te has mojado nada. Las personas no pueden ser privadas de sus libertades y derechos fundamentales por una ley, así que la aclaración que se está haciendo por parte del gobierno… está de más.

    Lo realmente interesante sería que dijeseis CUÁNDO no se están ejercitando estos derechos en internet (qué conductas no están amparadas) y sobre todo QUIÉNES serán “órganos competentes” cuando las conductas no estén amparadas.

    A mi entender, es lo único que habría que concretar y por escrito, en la propia ley o en la exposición de motivos. En caso contrario, estaremos a lo que quieran entender ciertas asociaciones, grupos de presión, jueces…

    Cuando una ley no se redacta de forma clara siempre provoca recelos, ya que cuando la redacción es clara, no cabe interpretación.

  23. Ati replied:

    Ah, por cierto, Enrique…

    Muy curioso tu ejemplo de comparar al “órgano competente” en internet con la policía.. ejem

  24. Findeton replied:

    “a) La salvaguarda del orden público, la investigación
    penal, la seguridad pública y la defensa nacional.
    b) La protección de la salud pública o de las personas
    físicas o jurídicas que tengan la condición de
    consumidores o usuarios, incluso cuando actúen como
    inversores.
    c) El respeto a la dignidad de la persona y al principio
    de no discriminación por motivos de raza, sexo,
    religión, opinión, nacionalidad, discapacidad o cualquier
    otra circunstancia personal o social, y
    d) La protección de la juventud y de la infancia.”

    Enrique, ¿Quién es nadie aparte de un juez para decidir si un contenido atenta contra esos puntos? ¿ES ACASO EL CONCEPTO DE LA ILUSTRACIÓN FRANCESA QUE EL PODER EJECUTIVO O CUALQUIER ÓRGANO AJENO AL PODER JUDICIAL LO SUPLANTE? Pues vd. junto con todo el PSOE y todo aquel partido que haya votado a favor de la LISI, está diciendo que sí, y debiera ser juzgado por haber aprobado una ley claramente anticonstitucional. El poder ejecutivo debe depender del poder judicial y en la LISI esto no es así. Da igual cuántas veces digas lo contrario, a mí no me vale eso de que una mentira repetida 1000 veces se convierte en una verdad, por mucho que para los grupos políticos como el PP, PSOE e IU, llenos de corrupción, sea el pan de cada día.

    Ah por cierto Enrique, una vez dijiste que:”el principal enemigo de la todavía teórica e-democracia es precisamente el amparo del anonimato que existe hoy en Internet […] y no hablo de una cuestión técnica, hablo de una cierta corriente cultural existente, que ampara e incluso defiende el anonimato en internet, como forma de libre expresión “
    ¿Qué tiene de malo el anonimato en internet? ¿Qué tienes contra él? ¿Acaso quieres que cuando una persona hable en un foro de política necesariamente deba identificarse, con su DNI y todo, para que los demás, o quizás sólo el gobierno, sepa quién es el que da esa opinión, quizás subversiva…? ¿Y si por internet se organizan sindicalistas en un foro por ejemplo, es que quieres que los empleadores puedan saber qué dice cada trabajador de él? Ya se puede ver en tu afirmación las connotaciones FASCISTAS de tu ideología. Yo no temblaré a la hora de condenar leyes aprobadas por quien sea, como si es IU, si son claramente fascistas.

    Ah, y de nuevo has vuelto al argumento de “si no apoyas la LISI es que apoyas al PP”. Argumento altamente manido por ambos partidos en sistemas altamente bipartidistas. En realidad ya sabes, porque te lo ha dicho Víctor Domingo, que puedes ver perfectamente las noticias de la AI cuando gobernaba el PP e igualmente se posicionaban en contra de medidas represoras de la libertad (como la LSSI, que por cierto tu querido PSOE dijo que cuando llegase al gobierno quitaría, y sin embargo lo que hizo cuando llegó al gobierno es… aprobarla). Que Libertad Digital diga A o B es insignificante, y si realmente tuvieras una ideología y pensamiento propios reconocerías que hacer justo lo contrario de lo que diga Libertad Digital es, precisamente, hacer el juego a Libertad Digital, y no al revés como afirmas.

    La AI siempre ha estado en contra de aquellas leyes que la SGAE ha dictado en los oídos del partido que gobierna y siempre lo estará. Sí, estoy diciendo que el PSOE (y el PP, e IU) no escucha al pueblo, que va en contra de su voluntad y que aprueba impuestos revolucionarios, diezmos, que van a parar a la Innombrable.

    Vd. afirma lo siguiente: “Ahora bien, en mi opinión, si lo que realmente se quiere y existiera voluntad y actitud por parte de los/as internautas en fomentar una cultura mucho más abierta, y al tiempo, abandonar cierta visión de la Red como un “nicho de comunicación, donde se copian los contenidos de los demás”, fuéramos todos y todas un poquito más creativos, crear, difundir, contenidos genuinos, personales…”

    Vd. señor Enrique Castro, con esta afirmación ha dejado patente que no tiene ni idea de lo que es internet ni de su funcionamiento. En la red, se practica la economía de la atención. En la red, TODO EL MUNDO es productor y a la vez consumidor de información. En la red, se reconoce que lo importante de la cultura, de los contenidos culturales, es que todo el mundo pueda acceder a ellos. Se reconoce el hecho de que compartir y difundir productos culturales sin ánimo de lucro entre iguales es algo bueno, positivo, pues es más que nada compartir ideas:, y citando a Thomas Jefferson:

    “Si la naturaleza ha hecho una cosa menos susceptible de propiedad exclusiva que todas las demás, esa es la obra de la facultad de pensar llamada idea, que el individuo puede poseer exclusivamente mientras la guarde para sí; pero en el momento que se divulga, pasa por fuerza a ser posesión de todos, y quien la recibe no puede desprenderse de ella. Su carácter particular consiste también en que nadie la posee menos porque todos los demás la posean en su totalidad. Aquel que recibe conocimientos de mí, recibe conocimientos él sin disminuir los míos; así como quien enciende su vela en la mía recibe luz sin dejarme a oscuras. Que las ideas se difundan de uno a otro por todo el globo, para instrucción recíproca y moral del hombre, y para mejorar sus condiciones, parece haber sido el designio peculiar y benévolo de la naturaleza, cuando las creó, como el fuego, expansibles por todo el espacio, sin que disminuya su intensidad en ningún momento ….”

    — Thomas Jefferson, Carta a Isaac McPherson, 13 de Agosto 13 de 1813 (Peterson, 1988, pp. 604-05).

    Y me reafirmo en la comparación de ideas con productos culturales, pues es bien conocido el hecho de que de la misma forma que alguien cuando comparte una idea sigue poseyendo la totalidad de la misma, cuando alguien comparte un producto cultural en internet, sigue poseyendo la totalidad del mismo, y de la misma forma que con las ideas, los productos culturales son información, ya quepa este en un cerebro o en otro dispositivo de almacenamiento , información que quiere y tiende a ser libre, compartida entre iguales, que llega con el único coste de conectar mentes, sin ánimo de lucro sino de conocimiento.

    Vd, señor Enrique Castro, no tiene ni idea de lo que significa internet.

  25. Anonymous replied:

    findenton:

    Pues si usted afirma que no tengo ni idea de Internet, yo le demostraré que debería informarse en cuanto a la separación de poderes. Por que en el actual Estado democrático y de Derecho, el poder legislativo corresponde a las Cámaras ( Congreso y Senado), el poder ejecutivo ( el gobierno) y el poder judicial ( los Tribunales de Justicia) y nuestra Constitución así lo establece. El primer poder, dicta las normas y la legislación, el segundo las ejecuta, y el tercer poder las interpreta, juzga y dicta Sentencias. Eso es así en la calle y aquí en Internet.

    Por otra parte, el anonimato en la Red desde el punto de vista de la jurisprudencia jurídica debería revisar las Sentencias del Tribunal Constitucional 15/1993 y 336/1993 pero en especial la Sentencia de la Sala 2ª del Tribunal Constitucional 200/1998 http://www.boe.es/boe/dias/1998/11/18/pdfs/T00018-00029.pdf que entre otras cosas afirma en sus Fundamentos Jurídicos:
    «al autorizar
    la publicación de un escrito ajeno cuyo autor se ha identificado
    previamente (pues) será éste quien asuma la
    responsabilidad que del mismo pueda derivarse si su
    contenido resulta lesivo del derecho al honor de una
    tercera persona. Sin embargo, la situación es muy distinta
    si el escrito ajeno es publicado sin que el medio
    conozca la identidad de su autor, pues en tal supuesto
    dicho escrito no constituye una acción que pueda ser
    separada de la de su publicación por el medio, conforme
    a la doctrina expuesta en la STC 159/1986.”

    Por lo tanto, antes de escribir, infórmese tal y como le acabo de demostrar.

    Ampararse en el anonimato para difamar, o realizar cualquier tipo de acción que pudiera suponer un delito, están penados en la vida real y en la Red. Guste o no.

    Si un blog publica comentarios que pudieran ser injuriosos para una segunda persona, esta puede recurrir a los Tribunales de Justicia y solicitar reparación. Pues en la LISI recién aprobada establece lo que antes escribí en su art. 8.

    Un órgano administrativo competente es cualquiera que desde el poder ejecutivo dispone ( Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado) y en caso de que el titular de la publicación o site web considere que sus derechos han sido lesionados, puede y debe presentar recurso a los Tribunales de Justicia, que siempre en última instancia resuelven.

    Así que hay jurisprudencia, y por parte del legislador se ha actuado en consecuencia. La censura tal y como a la derecha política intenta hacer ver en la LISI no existe.

    Enrique Castro.

  26. Lourdes Muñoz Santamaría replied:

    – Si se vende un alimento o medicamento que puede afectar la salud de quien lo consuma…
    -Si se ha retirado un anuncio en la TV convencional y también se quiere retirar de la web de la televisión…
    – Si un grupo terrorista esta organizandose y/o contrastando consignas etc…
    Son casos claros en los que órganos competentes (que no son jueces) deben poder actuar.
    Nunca hemos hecho la equivalencia órganos competentes = jueces, Serán sólo los jueces cuando afecte a libertada de expresión y podrán ser otros órganos si sus competencias son proteger uno de los principios básicos que recoge la ley.
    No se pueden enumerar los órganos comptentes por que por ejemplo ahora mismo existe el CAC que se dedica a contenidos de Tv y publicidad en Catalunya, pero mañana podria existir un órgano similar en otras CCAA en las que los nuevos estatutos les hayan dado competencias en audivisual y sociedad de la información.
    No creo en el control en internet , pero tampoco que los delitos y actividades que se pueden atajar de forma agil en la “vida física” no se pueda hacer lo mismo online.

  27. Findeton replied:

    “Un órgano administrativo competente es cualquiera que desde el poder ejecutivo dispone ( Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado) y en caso de que el titular de la publicación o site web considere que sus derechos han sido lesionados, puede y debe presentar recurso a los Tribunales de Justicia, que siempre en última instancia resuelven.”

    Es decir, primero un “órgano administrativo competente” ajeno a los jueces secuestra la publicación y luego ya después, si acaso, el titular puede defenderse. Censura previa se llama, sí, como cuando estaba Franco. Y efectivamente Lourdes Muñoz Santamaría, no habéis hecho la equivalencia órganosadministrativos competentes= jueces y precisamente es eso lo que criticamos, pues no realizarla va en contra de la constitución española y de la libertad.

    En cuanto al CAC, podría parecerme mal pero no, simplemente el CAC para mí es como si no existiese pues la televisión es mejor no verla: es un arma de desinformación masiva controlada por los medios más ricos, excepto TVE que es controlada por el gobierno, y el CAC lo único que permite es que las televisiones privadas también puedan ser controladas/censuradas por el gobierno.

    Señor Enrique Castro, sobre el anonimato, le puedo decir que revise la sentencia de la Frikipedia. Si está a favor de esa sentencia, entonces no tiene ni idea de qué es internet. Krusher es el webmaster de la Frikipedia, donde uno puede realizar modificaciones de toda esa web, de forma ańonima o no tan anónima. Resulta que había un artículo en donde se calificaba a la SGAE de mafia y de ser unos ladrones, cosa que todos sabemos que son (¿me borraréis este comentario por afirmar lo obvio? ¿acaso no nos roban dinero con el canon?), la SGAE denunció y Krusher borró el artículo, pero aun así ha tenido que pagar por ello.

    Además Enrique Castro, resulta que ES IMPOSIBLE IMPEDIR EL ANONIMATO EN INTERNET. Existen múltiples maneras de usar internet de forma anónima y cambiar internet para pararlas significaría matar a internet. Da igual las leyes que hagáis, el anonimato en internet siempre será posible, del mismo modo que da igual que se ilegalize la difusión de productos culturales sin ánimo de lucro via redes P2P, la gente lo seguirá haciendo, y si no que se lo pregunten a EEUU. Aquellos que quieren, que queréis, cambiar estos hechos, estos sueños hechos realidad (el anonimato y la posibilidad difusión ilimitada de la cultura sin ánimo de lucro), sois muy pocos y los que hacemos uso del anonimato y las redes P2P somos la mayoría y eso no va a cambiar mientras exista internet. Podéis encarcelar a Krusher, pero ahora existen decenas de miles de páginas más con la copia del artículo que calificaba, correctamente a mi juicio, de mafiosa a la SGAE.

    Aquellos que queréis terminar con el anonimato y/o la difusión de cultura sin ánimo de lucro en internet y usáis leyes para ello debéis saber que no lo vais a conseguir. Queréis criminalizar a una inmensa mayoría de la sociedad, pero hay muy poco espacio en las cárceles, así que os sugiero que os metáis vosotros en las cárceles que allí estaréis muy seguros alejados del demonio de internet donde, oh! dios mio! se permite que la gente modifique la wikipedia de forma anónima!

    Quiero recalcar que da igual lo que diga la ley, el anonimato en internet va a seguir existiendo y no lo vais a poder parar. Os recomiendo que escuchéis la voz del pueblo y adecuéis las leyes a la realidad social. De lo contrario, tenéis dos opciones para terminar con el anonimato en internet, o desconectáis internet entera u os desconectáis vosotros de internet. Más explícito no puedo ser y si no entendéis que lo que he escrito en negrita es la innegable realidad, es que no entendéis internet.

  28. JarFil replied:

    Hm, me parece que hay un malentendido bastante simple en todo esto, surgido de dos objetivos parcialmente contrapuestos:

    1) para la persecución de delitos, no es práctico listar todos los “órganos competentes” en una ley
    2) para garantizar la libertad de expresión, no es práctico permitir la censura “hasta que se de muestre lo contrario”

    Tal vez no sea experto en leyes, pero así a primeras sospecho que la solución puede estar en la respuesta a una sola pregunta:

    – ¿Cuáles serían la sanciones al “órgano competente” y/o sus miembros por vulnerar sin motivo el derecho a libertad de expresión, y cuál la compensación a la persona cuya libertad de expresión se haya visto coartada?

    En el equilibrio entre estas dos partes, de un lado la facilidad para perseguir delitos, y por otro las sanciones por vulnerar la libertad de expresión, sospecho que podría estar la respuesta para que los “órganos competentes” llevasen a cabo el necesario auto-control con el fin de compaginar ambos objetivos en beneficio de todos.

  29. Anonymous replied:

    findenton dice: “tenéis dos opciones para terminar con el anonimato en internet, o desconectáis internet entera u os desconectáis vosotros de internet”

    Gracias por el respeto que profesas a la discrepancia…y gracias por el respeto a mi libertad de expresión. Si consideras que mi opinión debería estar “desconectada”, creo que dice mucho de la ideología que profesas.

    Te recomiendo leas lo que dice Belinda Gannon, una prestigiosa psiquiatra sobre el “Yo digital” y el anonimato en Internet. Creo que te hará falta. ( La sugerencia es gratis)

    En cuanto a que “ES IMPOSIBLE IMPEDIR EL ANONIMATO EN INTERNET” pues ¡ Vaya perogrullada…y en la vida misma es imposible limitar o imposibilitar el anonimato ! En cualquier caso, la Ley está precisamente para que la sociedad, sea una organización, un privado, un/a ciudadano/a pueda hacer uso de ella en caso de indefensión. ¿ Qué sucedería en una eSociedad sin leyes ?

    Lo de la Frikipedia está basada en una resolución judicial. Podrá gustar o no la sentencia ( como la del 11M que a la derecha cavernaria y sectaria tampoco le gusta ) pero las sentencias no están para agradar, están para ser cumplidas. Y a nuestros representantes públicos acatarlas en su integridad.

    Las Redes P2P…menudo negocio el que se han construido sus creadores ( antes Kazaa, ahora Joost )…por cierto, comprueba tu PC ( da igual el SO que tengas) por que tiene un spyware instalado. “El Gran Hermano” ( que no es ni la policia, ni ningún “órgano administrativo”) te está vigilando.

    Un saludo.
    Enrique Castro.

  30. Carlos replied:

    He aqui lo que el Partido Pirata opina, no ya de su LISI, sino de los ataques que estais emprendiendo contra quienes discrepan de vosotros

    Parte I
    Parte II

    Por cierto, Enrique Castro, muy elegante eso de recomendarle a quien de ti discrepa que se lea las disertaciones de un psiquiatra -porque crees que le haran falta-. Entre eso e insinuar poco veladamente que las asociaciones y los abogados que, al igual que nosotros, ven que la LISI no se ajusta a la Constitucion estan manipulados por el PP -¿cuando dejareis PSOE y PP de actuar como si solo existieseis vosotros dos en el panorama politico español? de momento, hasta la fecha, hay 11 partidos en sede parlamentaria-, estas dando toda una leccion practica de como NO comportarse en publico.

    Carlos Ayala
    ( Aiarakoa )

    Presidente de la Junta Directiva Nacional de PIRATA

  31. Findeton replied:

    [quote=Enrique Castro]
    [quote=Findeton]”Quiero recalcar que da igual lo que diga la ley, el anonimato en internet va a seguir existiendo y no lo vais a poder parar. Os recomiendo que escuchéis la voz del pueblo y adecuéis las leyes a la realidad social. De lo contrario, tenéis dos opciones para terminar con el anonimato en internet, o desconectáis internet entera u os desconectáis vosotros de internet. Más explícito no puedo ser y si no entendéis que lo que he escrito en negrita es la innegable realidad, es que no entendéis internet.”[/quote]

    Gracias por el respeto que profesas a la discrepancia…y gracias por el respeto a mi libertad de expresión. Si consideras que mi opinión debería estar “desconectada”, creo que dice mucho de la ideología que profesas.[/quote]

    Dígame usted, ¿Qué ideología profeso?

    Te pido que no pongas en mi boca palabras que no he dicho. Dudo entre si tu interpretación es demagogia deliberada o una simple malinterpretación, elegiré lo segundo pues confío que no tienes mala intención. Yo no he dicho que te desconectes, de ninguna manera quiero que te desconectes, es más, me gusta que te conectes a internet pues es en este medio y no en otro donde estamos realizando una conversación, tú, miembro del partido socialista, y yo, un ciudadano más,que de otro modo sería imposible llevar a cabo.

    Como al parecer no te ha quedado claro, te vuelvo a explicar que lo que decía es que para eliminar el anonimato de internet, las únicas opciones son o eliminar internet o no conectarte internet. Eso es una consecuencia de que internet no puede existir sin anonimato: internet sin anonimato no podría existir, sería ya otra cosa, una cosa tan radicalmente distinta y diferenciada que tendría que llamarse de otro modo. Para bien y para mal internet implica anonimato. Mientras no se prohiban las comunicaciones cifradas, existirá anonimato en internet: ¿conoce usted la red Tor? Evidentemente, nadie en su sano juicio prohibiría las comunicaciones cifradas, pro tanto, el anonimato seguirá existiendo en internet. Le recomiendo que visite la web http://www.torproject.org

    [quote=Enrique Castro]
    En cuanto a que “ES IMPOSIBLE IMPEDIR EL ANONIMATO EN INTERNET” pues ¡ Vaya perogrullada…y en la vida misma es imposible limitar o imposibilitar el anonimato ! En cualquier caso, la Ley está precisamente para que la sociedad, sea una organización, un privado, un/a ciudadano/a pueda hacer uso de ella en caso de indefensión. ¿ Qué sucedería en una eSociedad sin leyes ?[quote]

    [quote=Enrique Castro]
    Las Redes P2P…menudo negocio el que se han construido sus creadores ( antes Kazaa, ahora Joost )…[quote]

    No sé qué tiene de malo que haya empresas detrás de las redes P2P. Si usted cree que se están lucrando porque sus programas permiten compartir archivos con copyright, quizás debiera imponerles un canon, no? ¿No es así como funciona la mente de la SGAE y el PSOE? Cuando pongo música en mi casa, mis vecinos de alrededor también puede que la escuchen, ¿No deberíamos poner un canon a toda persona que tenga vecinos viviendo cerca? Las redes P2P también permiten compartir software privativo, lo cual ya es ilegal incluso sin ánimo de lucro (por cierto, deténganme, me he bajado el photoshop de la mula), ¿No deberíais cerrar todas las redes P2P? De igual manera, los cuchillos también sirven para matar, ¿No deberíamos ilegalizarlos?

    [quote=Enrique Castro]por cierto, comprueba tu PC ( da igual el SO que tengas) por que tiene un spyware instalado. “El Gran Hermano” ( que no es ni la policia, ni ningún “órgano administrativo”) te está vigilando:[quote]

    Dudo que tenga un spyware instalado en mi Linux. Por favor indíqueme qué spyware es el más frecuente en Linux para comprobar si los tengo. (sarcasmo)

    ¿No es la policía el Gran Hermano? ¿no es el gobierno el Gran Hermano? ¿De verdad que no? ¿Entonces por qué ocurre que según la Ley de Retención de Datos europea se guardan durante al menos 6 meses información de cada ciudadano europeo como qué webs visitamos cada día, a qué hora, a quíen enviamos emails, la posición geográfica de nuestro móvil mientras está encendido (da igual que no estés llamando), a quién llamas etc… Y todo para protegernos del terrorismo… y cualquier otro tipo de actividad delictiva. Ahora mismo en España hay una unidad especial de policía que puede acceder a esos datos, de todos y cada uno de nosotros, sin necesidad de orden judicial, con tal que piensen que quizás, ‘alomojó’, has o vas a realizar algún tipo de delito. ¿Qué tal es eso?

  32. Anonymous replied:

    Venía a decir tres cosas exactamente.

    1. La actitud bipartidista de PSOE/PP me parece LAMENTABLE. Como bien han dicho otros compañeros, existen bastantes más partidos en la escena política de este país.

    2. Antes era votante del PSOE, pero me he cansado de observar como este, al igual que el PP, tiene una política que apoya claramente a los grupos de poder frente a los ciudadanos.

    Es obvio hasta que punto se están concediendo beneficios a los autodenominados “artistas” de este país, y a sus estandartes ideológicos, políticos y económicos, las entidades de gestión de derechos de autor.

    Repito, antes era votante madrileño del PSOE. Ahora, si nada me lo impide, seré votante del Partido Pirata Español.

    3. Me gustaría agradecer personalmente los esfuerzos que están realizando tanto el PIRATA como la Asociación de Internautas.

    Claramente, la LISI **SÍ** deja espacio a la censura. Es más, entiendo que si supuestamente fuese todo problema de cambiar “una palabra” ya estaría solucionado. Esto me demuestra que una vez más, hay intereses detrás de esa ambigüedad introducida con absoluta intención.

    No queremos ver por ningún lado autoridades competentes. Queremos ver autoridades **judiciales** competentes.

    Eso no quita otra serie de puntos flacos que también existen en la LISI y que vosotros conocéis. Por favor, seguid luchando en este aspecto.

    Muchas gracias,
    Xen_news.

  33. ingenieritos_tontitos replied:

    Y seguís todos sin mencionar a los Ingenieros en Informática y su completa exclusión profesional.

    Sin duda, la Ley con mayor consenso histórico para situarnos entre los paises más punteros tecnológicamente del mundo (la RISI que nos dá). De espaldas a los profesionales que deberían articular la confianza y seguridad en la Red, además de liderar la creación de sus contenidos y servicios.

    Todo con gran coherencia y por el buen camino.

  34. Carlos replied:

    Es que, ingeniero_tontito, este hilo esta centrado en el trazo mas grueso de la LISI: su inconstitucionalidad triple contra la libertad de expresión.

    Ojalá, sin embargo, fuese ese su único lunar … son muchos los aspectos que esta ley de medidas de impulso -sin medidas de impulso- o no menciona o trata deficientemente.

  35. Carlos replied:

    Lo que creo que debierais hacer asociaciones como Ingenieros de Primera o RITSI u otras en vuestra situación es visitar este enlace

    http://www.partidopirata.es/foro/viewtopic.php?t=25

    Primero para entrar en contacto con nosotros; segundo para valorar una futura relación con lo que denominaremos Grid Social -un punto de encuentro para asociaciones cívicas de todo tipo-; y tercero para que participeis si gustais en el debate que estamos teniendo para definir las futuras Iniciativas Legislativas Ciudadanas (ILCs) de PIRATA

    http://www.partidopirata.es/foro/viewtopic.php?t=430

    Con PIRATA, dentro de nuestro ideario -Sociedad de la Informacion, Derechos y Libertades, etc- podreis trabajar directamente con nuestros Comites Sectoriales; y fuera de nuestro ideario podreis presentar propuestas que, si consiguen un numero suficiente de firmas y un grado de consenso social seran apoyadas por PIRATA en las Cortes, si los españoles nos dan su apoyo -cuanto mas apoyo, mas diputados; cuantos mas diputados, con mas fuerza podremos defender vuestros intereses-.

    Si os estais dando cuenta que los partidos que habitan las Cortes pasan de vosotros, ¿vais a esperar al 10 de marzo, cuando ya sea tarde, para valorar otras opciones? Mejor probad con nosotros ahora que aun hay tiempo 🙂 Un cordial saludo

    Carlos Ayala
    ( Aiarakoa )

    Presidente de la Junta Directiva Nacional de PIRATA

  36. luis replied:

    Lourdes, una vez leidas tus explicaciones y las argumentaciones en contra, lo siento: os habeis quedado con un voto menos.

  37. Nova6K0 replied:

    El 99% de políticos en la actualidad, comulgais con las leyes del pasado.

    Aquí hay un problema y es muy fácil de entender, para alguien que realmente entienda que es la palabra “Internet”, o incluso las palabras “Nuevas Tecnologías”.

    Lo primero fuera del uso militar y aún no sabiendo exactamente como nació, ya que mucha gente dice que la actual internet no tiene nada que ver con el proyecto ARPANET y Milinet. El caso es que su evolución ha sido flagrante, una red de intercomunicación mundial y sobre todo una red creada para el/la internauta y realmente no exclusivamente para uso comercial. Hace unos días uno de los padres de internet dijo que iba a dejar de usar la misma, por que “se hacía un uso demasiado comercial”, más claro agua lo que quiso decir.

    Internet se creo para comunicarse y para compartir cosas con el resto del mundo, a lo que quiero llegar con esto es que, el 99% de los partidos políticos protegen a las empresas y no a los usuari@s/consumidor@s eso es un terrible error.

    Y por otro lado no se olviden de una cosa; esto especialmente para el PP, el PSOE e IU, partidos que se llaman mayoritarios, si os poneis del lado de las empresas significa que no representais lo que el pueblo quiere, ni lo que desea.

    Antes de acabar y hablando sobre el anonimato en internet; hablais que en el mundo físico estamos tod@s identificad@s y en internet somos anónim@s. Bueno eso es relativamente falso. Por que sí tenemos nuestro DNI que nos identifica, pero si cometemos un delito, hay que pedir una orden judicial. El problema es que en internet hay que ver lo que es delito y lo que nó y en algunos casos quieren incluso saltarse una orden judicial para que “ciertos órganos competentes” (habría que revisar la palabra competente) puedan por ejemplo cerrar webs, por un supuesto delito de propiedad intelectual, delito que realmente no existe salvo que haya un lucro comercial y no un “lucro cesante”. En todo caso y según el Fiscal General del Estado pudiera haber un ilícito civil y no un delito (cárcel).

    Pero claro lo mejor es como el Sr Tourné que quiere inventar un “Super Gran hermano” con la excusa de proteger a los artistas. El problema es que en España el copyright (SGAE, PROMUSICAE,ACAM,…) no representa ni al 10% de l@s potenciales artistas de nuestro país, por ello si se creen que están defendiendo a la mayoría están en el bando equivocado.

    Como moraleja podemos concluir que la LISI fue exclusivamente pensada para ciertas entidades de derechos de autor y ciertos colectivos de la industria discográfica para “meter mano” a internet. El problema es que el reinado del copyright ha terminado y comienzan nuevos tiempos; el dicho de renovarse o morir funciona, es así de claro.

    Salu2
    Nova6K0
    Miembro de la Comisión de la S.I del Partido Pirata.

  38. carlosues replied:

    Enrique…
    “Vamos a ver…por poner un ejemplo. Imaginen a un sujeto que anda por la calle, coge una alcantarilla y la envía directamente a un escaparate de una tienda. La luna del escaparate se destroza, el individuo entra en el establecimiento, roba artículos del mismo.

    En la acera de enfrente hay un Policia de servicio.

    ¿ El Policia debería avisar a un juez para disponer de la oportuna autorización para detener al delincuente ?

    Pues eso es un órgano administrativo competente. Una Sociedad de gestión de derechos de autor no lo es.

    Enrique Castro.”

    Esto…¿Es una broma? ¿Comparas la comisión de un delito/falta con Internet? ¿No sabes que, ante la comisión de un delito cualquier ciudadano es “Competente” para impedirlo e incluso retener al delincuente hasta la llegada de la autoridad? ¿Se constituirá la SGAE en “Ciudadano competente”? seguís creyendo que somos ignorantes y eso os pierde, lo malo es que no hay alternativa…penoso…muy penoso… están atacando Internet de todas partes y de todas formas, os da miedo lo que no controláis como a todos los que ocupan el poder y llegáis al absurdo…

    “Vuelve la piratería. No sólo la que hace tambalearse a la industria discográfica o cinematográfica sino también la vieja, la temible, la que desafiaba la autoridad de los Estados y la seguridad del Derecho desde un gigantesco espacio al margen de la sociedad y de la ley donde imperaba lo arbitrario. Entonces era el mar, ahora es… la Red. Fenómenos como Al Qaeda o el terrorismo internacional nos retrotraen a los siglos en los que los piratas tenían un poder formidable, porque eran inalcanzables y podían golpear en cualquier momento y en cualquier punto del mundo civilizado. Nos despertaron del espejismo, de la siesta global, el 11-S, cuando los nuevos piratas abrieron un boquete en las murallas de Occidente.
    Apaga y vámonos…

  39. Criminal Macabre replied:

    Supongo que habeis cometido el error de pensar que la asociacion de internautas es como esos grupos anarquistas de jovenes calimocheros, molestos pero que queda bien decir que hablas con ellos (oooh que cercano a los problemas del pueblo.) y de los que puedes decir lo que te de la gana, porque total, estarán por ahi “endrogaos”. No os preocupeis, al tercer mordisco os dareis cuenta de que no es asi.
    A ver si aprendemos un poquito de humildad, que seais el partido en el gobierno no significa que seais infalibles.

  40. Criminal Macabre replied:

    Bueno, se me olvidaba la gracieta esa de tacharles de partidarios del PP.
    Que pasa, que la filosofia americana de contra nosotros o con nosotros os ha calado tan hondo? O es que quereis que los americanos os aseguren la jubilación como al ultimo ex presidente?

  41. dalotodo replied:

    Parece increible ver como las ideas se pervierten en cuanto se accede a los sillones ‘oficiales’. Me gustaría aportar mi granito de arena:

    La existencia de los tres poderes pública no es casual, y una correcta eficacia de éstos se basa en un respeto escrupuloso por su independencia, pero sobre todo por el no solapamiento de sus funciones.

    Hasta donde mi humilde opinión me permite llegar, Internet es un medio de comunicación, o con esa finalidad nació, y ejemplos como los que Lourdes expone (alimentos, medicamentos, terrorismo, publicidad ilegal) son, precisamente, ejemplos donde la actuación judicial es requisito necesario y suficiente, ya que para que exista delito debe existir evidencia del delito, y para eso la única autoridad competente son los tribunales de justicia.

    De otra forma, y eso es lo que yo concluyo del resto de comentarios opuestos, se deja la puerta abierta (no se está diciendo que se vaya a aplicar, sino que se abre la posibilidad), a la clausura preventiva de los sitios, lo cual es abiertamente inconstitucional, ya que vulnera el principio de presunción de inocencia.

    Cualquier otra medida que no sea otorgar a la autoridad judicial la potestad es un parche para suplir las carencias de una justicia cada vez más devaluada, ya que con la creación de juzgados especializados en instrucción y persecución de delitos informáticos, es decir, con juzgados ágiles para prevenir la comisión de estos delitos a los que Lourdes hace mención, se salvarían muchos de los conflictos que esta LISI genera.

    Y eso me hace especial gracia, porque casualmente el Grupo Socialista, a instancias de los Ministerios de Industria y Economía, no quiso regular la profesión de Ingeniería Informática en esta ley porque era un parche, cuando a la vista esá que su núcleo principal (la clausura de sitios) es un parche que intenta agilizar un problema real de la justicia española.

    ¿Diferentes raseros? ¿Intereses ocultos?

    Dejémoslo en muy buena voluntad, pero manifiesta incompetencia.

  42. Anonymous replied:

    Entiendo que la polémica se centra en los casos relativos a la clausura preventiva de sitios con contenidos que consideren ‘ilegales’ por contrarios al orden público, etc… (por la policía, y no olvidemos los abusos a los que nos tienen acostumbrados). Primero recuerden qué poca utilidad ha tenido la enunciación de esos etéreos principios en materia de televisión.

    Esa posibilidad debería estar mediada por la intervención judicial puesto que, de lo contrario, se daría a muchas administraciones un poder exhorbitante para eliminar la disidencia (no escondo mi temor ante los excesos de los jueces, que tampoco son santos, ni ante la posibilidad de limitar desde fuera cualquier acción, los que defendemos Internet conocemos muy bien el sentido de la autolimitación). De otro modo, existen prácticas que demuestran que esa posibilidad de actuación judicial puede ser rápida, como por ejemplo, en el caso en los que se necesita intervenir en cuerpos de enfermos que no pueden prestar su consentimiento. Ustedes que deben, no ofrezcan armas a los censores, ni en las administraciones ni en los juzgados ni en ningún medio.

    Es un poco triste ver cómo se dispone de esta posibilidad de intervenir los contenidos administrativamente en relación con Internet cuando está comprobado que una retirada de contenidos tiene por efecto una inmediata multiplicación de ese mismo contenido.

    Con lo de la violencia, es especialmente penoso ver cómo los medios de comunicación nos ametrallan con noticias sobre violencia y luego ver cómo arremeten contra Internet por permitir esos mismos contenidos (el caso del colegio finlandés, por ejemplo) cuando la permisividad de Internet podría haber evitado esas muertes (¿en serio, nadie cayó en esa posibilidad?). El interés oculto no es otro: que los medios de comunicación sigan siendo ‘el espacio público’. Internet duele mucho a los intereses de la industria de la comunicación, pero ya sabemos que a los periodistas no hace falta corromperlos, se corrompen solos.

    Para acabar, si los contenidos que promocionan la lucha social (de todo tipo) como medio para conseguir fines legítimos deben ser erradicados, vayan pensando qué harán con los capítulos de la Revolución francesa en los libros de historia (las decapitaciones fueron más que frecuentes y hasta los reyes recibieron), o con muchas obras artísticas consideradas piezas clave de la historia universal. Si se constriñe la posibilidad de difundir contenidos en Internet, vayan pensando cómo contendrán las respuestas cuando lleguen los excesos de las ‘autoridades’ que de autoridades ya no tienen nada (ni tansiquiera las judiciales). Cuando la rabia no pueda expresarse siquiera con la palabra, se transformará en ira y se materializará en la calle.
    Internet es signo de la (r)evolución hacia una libertad de expresión mucho más amplia de la que permiten otros medios. Acallar esa libertad de palabra máxima sólo producirá más descontento; de cada negación de esa realidad, surgirá una pequeña rebelión. Esto no es pura especulación, ya lo hemos comprobado en muchas ocasiones.

    El Senado tiene la posibilidad de corregir la arbitrariedad con la que se han tratado estos asuntos hasta ahora (poner en un mismo paquete libertad de expresión, comercio electrónico y todo lo que conlleve información). La sociedad ni siquiera conoce de la existencia de este debate. Guárdense bien a la hora de calibrar las soluciones, puesto que cuando se materialicen esas ‘soluciones’, amplios sectores de la sociedad verán que a sus espaldas se trazaban posibilidades de represión de la palabra y constatarán una vez más que la ‘democracia’ lo es sólo para unos pocos y que aquí se es libre sólo si se tiene dinero.

    Si matan Internet, se acabó la única esperanza que teníamos de reescribir la democracia.

  43. Frienship replied:

    Permitirme seguir insistiendo en una idea errónea que a menudo desde la Red cometemos.

    El papel de la SGAE. En mi opinión está jugando un papel lamentable, a la defensiva y ajeno a esta revolución que está significando la Red. Creo que soy lo suficientemente explícito en ello.

    Ahora bien, como Sociedad de Gestión, en ningún caso sería un “orgáno administrativo competente” por la sencilla razón de que dicha Sociedad NO ES DE DERECHO PÚBLICO, NI DEPENDE DIRECTAMENTE DE UNA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA es completamente privada, reune a una serie de asociados, y lo único que hace ( a mi no me gusta como…pero lo hace ) es defender los intereses de sus asociados/as.

    Tienen medios, son poderosos, es un lobby, y como tal ejerce. Nos guste o no…punto.

    Por lo demás, los comentarios donde se afirma que en España no hay libertad de expresión y otro tipo de cosas, francamente…no conocieron la Dictadura de Franco. Lo lamento pero no estoy de acuerdo…es fácil ponerse a escribir y decir lo primero que se te pasa por la cabeza…pero con un poco de razonamiento.

    ¡ Es que al final da la impresión de que ni los jueces ( a tenor de lo que acabo de leer ) deberían tener potestad para clausurar un site en la Red si el mismo vulnerase algún Derecho Constitucional !

    Enrique Castro

  44. Frienship replied:

    …y por cierto, se me olvidaba, la Libertad de Expresión es un Derecho Constitucional. En este blog lo estamos todos/as ejerciendo.

    No se puede decir lo mismo de otros sites de Internet, que por cierto, critican ( con todo el derecho del mundo, faltaría más ) la tramitación de la LISI en el Congreso.

    Enrique Castro.

  45. Findeton replied:

    Enrique Castro,

    artículo 20.5 CE: “sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial” -sin excepciones, sin matices, claro, cristalino y rotundo: grábenselo a fuego en sus mentes, señores Muñoz y Castro-

    ESTA LEY ES TOTALMENTE ANTICONSTITUCIONAL. Déjese señor Enrique Castro, coordinador de la red de blogs “socialistas”, de retórica. La constitución es rotunda, para el secuestro de publicaciones SE REQUIERE resolución de UN JUEZ, pero sin embargo esta ley, la LISI, quiere abolir la constitución, saltársela, romper con la ley, con la democracia y con el estado de derecho, de forma que sea un difuso “órgano administrativo competente” el que pueda secuestrar publicaciones.

    Dejémoslo claro. Si esa ley es aprobada estáis aprobando una ley anticonstitucional, represora y censora, pues encima ni tan siquiera definís qué es un órgamno administrativo competente. Lourdes ha dicho que podría ser el CAC, pero entonces… ¿Dónde quedan los jueces?

    SEÑOR CASTRO, RESPONDA A ESTO: ¿DÓNDE QUEDAN LOS JUECES?

  46. Frienship replied:

    Lo que usted dice sobre el art. 20.5 de la CE es cierto.

    ¿ Me podría decir usted donde dice en la LISI que una web no será clausurada por un juez ?

    ¿ Me podría usted indicar en que parte de la LISI se indica que un órgano administrativo clausuraría “hipotéticamente” una web donde se ejerciera el Derecho a la Libertad de Expresión, opinión, etc…?

    ¿ Me podría usted indicar algo de esto?

    ¿ Se han leído la Ley aprobada en el Congreso con el voto en contra del Partido Popular ?

  47. Frienship replied:

    Además…le voy a formular la siguiente pregunta:

    ¿ Qué prefiere, el modelo actual donde la SGAE actúa a sus anchas, o un modelo donde organizaciones del sector DE TODO TIPO, participemos en la deontología que debería presidir en la Red ?

    ¿ Acaso la Asociación de Internautas quiere quedarse fuera con la aquiescencia cómplice del Partido Popular ?

    Son meras ideas…

  48. Frienship replied:

    perdon…los dos últimos comentarios son mios.

    Enrique Castro.
    ( “A secas” )

  49. idd00jea replied:

    Sr. Enrique Castro:

    ¡¡Se le ha visto a usted el plumero!!

    ¡Así que …”coordinador” de la “cosa” Socialista (PSOE)!

    Creo que CALLADITO ESTARÍA MÁS GUAPO, como le dijo otra política al Sr. Gallardón.

    Mire usted, su alegación de que la discutida LEY LISI (con rango MUY INFERIOR a nuestra Constitución) no dice en ningún sitio que los Jueces NO PODRÁN INTERVENIR EN LA CLAUSURA DE UNA WEB me parece de risa. ¿Es que una doble negación representa una justificación?.

    Usted no entiende de Derecho NI POR LOS FORROS. y mucho menos de lógica correcta.

    ¿A quienes pretende engañar?.

    Déjese de defender a la tal Lourdes, que seguramente ella está deseando ahora mismo que no la defienda, pues para tener “amigos” como usted, …más vale tener enemigos que sean más lógicos en la acusación o en la defensa.

  50. idd00jea replied:

    Y, …Sr. Castro (“a secas”), mi perfil SI ESTÁ DISPONIBLE para este Blog (como podrá ver), y no el suyo.
    ¿Por qué será?.

  51. Frienship replied:

    ¿ Ah si ?

    ¿ Y entonces tan ilustre comentarista por que se “molesta” en contestar a un pobre opinador como yo ?

    Si soy tan “iletrado”…¿ por qué pierde usted el tiempo ?

    Y la LISI le reitero dice que salvo un Tribunal de Justicia español, nadie puede cerrar o clausurar un site en la Red.

    Enrique Castro.

  52. idd00jea replied:

    Ah SI, …ya se lo que pasa, …LE DA PENITA QUE SEPAMOS SUS INTIMIDADES.

    Insisto, …usted es un ILETRADO.

    Y, NO, …lo que dice es que la cerrará “el órgano competente”.

    En ningún sitio dice que “salvo un Tribunal de Justicia español, nadie puede cerrar o clausurar un site en la Red”.

    ¿De dónde se saca usted esas BURRADAS?.

  53. Estamos claros replied:

    ¿Estamos claros?

    MUY BUENA TUNDA AL “SOCIATA”.

    Te felicito idd00jea.

  54. Frienship replied:

    Le falto finalizar su comentario con un:

    ” ¡ A mi la legión, con razón o sin razón !”

    ( La Espe les entrena bien…no sabía que ahora financiara a los del “sinofós” de la capital del reino )

    Por lo demás bien gracias…¿y usted?

  55. idd00jea replied:

    Gracias “estamos claros”.

    No se puede permitir que nos quieran hacer comulgar con ruedas de molino.

    Fíjate, ahora también quiero que el Sr. Enrique Castro vea mi foto para que si me ve por la calle me denuncie “al órgano competente”.

  56. Frienship replied:

    No se preocupe buen hombre…que si le veo por Madrid en la calle no me acordaría de usted, vamos…ni harto cocido.

    Un saludo.

    ( Y desde luego ha descubierto la polvora con respecto a que soy el Coordinador de la Red de Blogs Socialistas )

    ¡ Bienvenido a la conversación !

  57. Enrique Castro replied:

    Este soy yo.

    Ya no queda duda.

  58. Findeton replied:

    Señor coordinador de la red de blogs “socialistas”, Enrique Castro, en respuesta a su pregunta “¿Me podría usted indicar en que parte de la LISI se indica que un órgano administrativo clausuraría “hipotéticamente” una web donde se ejerciera el Derecho a la Libertad de Expresión, opinión, etc…?” Le respondo copiándole un texto del Partido Pirata Español(siglas PIRATA) al respecto:

    href=http://www.partidopirata.es/blog/carta-abierta-a-lourdes-munoz-santamaria/

    “Cuando un órgano competente hubiera ordenado, en ejercicio de las competencias que legalmente tenga atribuidas, que se interrumpa la prestación de un servicio de la sociedad de la información o la retirada de determinados contenidos provenientes de prestadores establecidos en España, y para ello fuera necesaria la colaboración de los prestadores de servicios de intermediación, dicho órgano podrá ordenar a los citados prestadores que suspendan el correspondiente servicio de intermediación utilizado para la provisión del servicio de la sociedad de la información o de los contenidos cuya interrupción o retirada hayan sido ordenados respectivamente.”

    Es decir: los llamados órganos competentes tendrán potestad para ordenar a los prestadores de servicios la suspensión del servicio de la sociedad de la información o de sus contenidos. En ningún momento se especifica cuales son esos órganos competentes, aunque mas adelante se dice que

    “En todos los casos en que la Constitución, las normas reguladoras de los respectivos derechos y libertades o las que resulten aplicables a las diferentes materias atribuyan competencia a los órganos jurisdiccionales para intervenir en el ejercicio de actividades o derechos, sólo la autoridad judicial competente podrá adoptar las medidas previstas en este artículo. En particular, la autorización del secuestro de páginas de Internet o de su restricción cuando ésta afecte a los derechos y libertades de expresión e información y demás amparados en los términos establecidos en el artículo 20 de la Constitución solo podrá ser decidida por los órganos jurisdiccionales competentes.”

    Es decir, que en algunos casos (“cuando ésta afecte a los derechos y libertades de expresión e información y demás amparados en los términos establecidos en el artículo 20 de la Constitución“) la autorización del secuestro de páginas de Internet o de su restricción solo podrá ser decidida por los órganos jurisdiccionales competentes. Si se considera necesaria esta precisión ¿debe entenderse que habrá casos en los que el secuestro de páginas de Internet o su restricción no precise la participación de dichos órganos jurisdiccionales competentes? ¿Abre esta redacción un resquicio por el que órganos competentes no judiciales puedan cerrar una página web?

    Dicha redacción parece reconocer la posibilidad de cerrar una página web sin que esta “afecte a los derechos y libertades de expresión e información y demás amparados en los términos establecidos en el artículo 20 de la Constitución”.

    Ahora bien, el citado artículo 20 de la Constitución dice que

    “Sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.”

    La sencillez en la redacción de dicho artículo parece no dejar resquicios: todo secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información solo puede hacerse efectivo en virtud de resolución judicial. Teniendo esto en cuenta ¿cabe hablar de órganos competentes distintos al poder judicial? ¿Podría uno de estos órganos competentes ordenar el cierre de una página web sin la intervención del poder judicial? ¿En qué circunstancias?

    Recordará la diputada Muñoz Santamaría que, durante su participación en las IV Jornadas Tecnológicas Andaluzas de Software Libre, este pasado verano, uno de los miembros del público le interpeló a propósito del artículo 17 bis, mediante el que se abría una puerta a la concesión del status de órganos competentes (en el sentido arriba mencionado) a las entidades de gestión de derechos de autor. La diputada Muñoz Santamaría contestó en aquella ocasión que tal artículo había sido un gran error, y que como tal había sido eliminado de la redacción de la LISI.

    Supongo que la diputada Muñoz Santamaría cree que la actual redacción evita la posibilidad de que las entidades de gestión de derechos de autor (o cualquier otra entidad ajena al poder judicial) pueda constituirse como censor de Internet, pero en el Partido Pirata nos tememos que la actual redacción de la LISI intenté reducir el ámbito de aplicación del artículo 20 de la Constitución Española, preparando una excusa para el establecimiento de procedimientos de censura ajenos al poder judicial y, como tales, de dudosa neutralidad y justicia.

  59. Enrique Castro replied:

    Por cierto…¿ me podrían escribir lo que dice el Art. 20.4 de la Constitución Española?

    ¿ Y el 20.3 ?

    De nada…
    Enrique Castro

  60. idd00jea replied:

    ¡¡Joder con Enrique Castro!!.

    ¡¡¡Si tiene dos identidades en este blog!!!

    Pero algo me MOSQUEA, las fotos en ambas identidades se parecen mucho.

    ¿Es que hay “bula” para los del PSOE?. ¿Pueden acaparar identidades?.

    ¡Lo que nos faltaba!.

    ¿Se le puede procesar por el “órgano competente”?.

    Así nos va a los españoles desde que ZP está en el poder.

  61. Enrique Castro replied:

    Hola. El Enrique castro de la foto alargada es un usurpador.

  62. idd00jea replied:

    Ahora si que me armo un lío.

    ¡Los dos Enrique Castro disputándose una foto!.

  63. idd00jea replied:

    Pero creo que el verdadero es el de la foto alargada, pues es la misma foto que aparece en “friendship”, que dijo tantas BURRADAS sobre la LISI.

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